Todos los eventos deportivos en la Comunidad Valenciana, sin público

La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública ha emitido una resolución este viernes 6 de noviembre.

Esta medida se aplicará mientras no se permita dicha asistencia en las competiciones profesionales de ámbito nacional.

La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de la Comunidad Valenciana emitió el viernes 6 de noviembre una resolución por la que se acuerdan medidas adicionales extraordinarias como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

Las medidas relativas a la actividad física o deporte no profesional ni federado son las siguientes:

-La actividad física o deporte, tanto en instalaciones deportivas como al aire libre, se podrá practicar sin contacto físico en las modalidades deportivas individuales y que se practican por parejas.

-Las personas con necesidades especiales podrán estar acompañadas por una persona de apoyo.

-Se podrán realizar actividades físicas en grupos hasta un máximo de 30 personas, cuando se realizan en instalaciones abiertas, y hasta un máximo de 20 personas, cuando se realizan en instalaciones cerradas, sin contacto físico, manteniendo la distancia de seguridad y siempre que no se supere 1/3 el aforo máximo.

-Se deberá garantizar la ventilación de las instalaciones y respetar las medidas de seguridad interpersonal. No se permitirá el uso de vestuarios ni duchas.

En cuanto a las medidas relativas a acontecimientos deportivos, la resolución de la Conselleria dice la celebración de eventos deportivos, entrenamientos y competiciones deportivas que se celebren en instalaciones deportivas o en la vía pública deberán desarrollarse sin público. Tampoco se permitirá la presencia de público en los acontecimientos deportivos que se celebren en el marco de competiciones internacionales deportivas de carácter profesional.

Estas medidas se aplicarán, al menos, mientras no se permita dicha asistencia en las competiciones profesionales de ámbito nacional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.2 del Real Decreto ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. Resolución completa de la Conselleria de Sanidad en este enlace

(Foto Ayuntamiento Almoradí) 

Modificado por última vez en Sábado, 07 Noviembre 2020 08:27
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